Comprar en Lanzarote ¿Quiere realizar una inversión, comprar una segunda vivienda o cambiar de domicilio? Confíe en nosotros, estamos a su lado durante todo el proceso.
Nos encontramos en un buen momento para quienes quieran comprar en Lanzarote. En los últimos años los precios bajaron considerablemente, si bien desde mediados del 2014 empezaban a remontar.
Debido a la amplia oferta de propiedades y las diferentes nacionalidades de los vendedores, sin duda lo más recomendable es dirigirse a un agente inmobiliario. Nosotros coordinaremos para usted las visitas a las propiedades que le interesen, negociaremos con vendedores (sean nacionales o extranjeros) las mejores condiciones, y además somos conocedores de la ley de la propiedad española. También podemos recomendarle asesores fiscales, bancos o abogados locales si los necesitara. Si bien nosotros nos encargamos de realizar un chequeo sobre la propiedad, le recomendamos que contrate un abogado in situ.
Una vez decidida la propiedad que desea comprar, los pasos a seguir son:
Además del precio de la compra, deberá calcular con un 8% a 10% adicional para cubrir los gastos, que básicamente son:
6,5% impuestos de transmisión
gastos de Registro
gastos de Notaría
otros gastos como la obtención de NIE (para personas no residentes).
Los gastos de un abogado no están incluidos en esta lista, pero están dependiendo del precio de compraventa y volumen de gestiones.
- Personas No-Residentes deberán obtener un número de identificación de extranjeros (N.I.E). Podemos organizar todo lo necesario para su solicitud, siendo el coste aproximado de unos 120 €.
- Cuenta bancaria: le hará falta disponer de una para poder domiciliar los pagos etc. Con mucho gusto le podemos también ayudar en este aspecto.
- Contrato privado/Opción de compra: en él quedarán reflejados los principales acuerdos y condiciones para la compra, descripción de la propiedad, plazo para formalizar la compra, desglose de los costes, así como la penalización para ambas partes en caso de no cumplir con lo estipulado. El derecho a la compra se formalizará con el pago de un depósito equivalente al 10% del precio de venta a los 7 a 10 días de haber firmado el contrato.
- Ambas partes deben firmar el contrato de opción de compra, el cual es vinculante.
- Nos ocuparemos de preparar toda la documentación para la firma de la Escritura frente al Notario.
- Con la firma de la Escritura frente al Notario, se confirma que la propiedad es transferida libre de cargas, y se suele hacer la entrega de las llaves.
- Posteriormente nos encargaremos de realizar los cambios de titularidad de contratos de suministros como agua y luz, comunidad de vecinos etc. Recomendamos realizar domiciliaciones bancarias para el pago de sus facturas.
- En cuanto a sus obligaciones tributarias, le recomendamos que contacte con una gestoría/asesoría conocedora de las leyes locales y nacionales.
- Seguro de hogar: si bien al comprar con hipoteca es obligatorio contratar un seguro para la casa, recomendamos que también contrato uno si compra sin hipoteca.